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¿En qué consisten las nuevas habilitaciones?

Las mismas regirán desde la hora 0 del 9 de julio hasta el 23 de julio inclusive


El nuevo Decreto provincial dado a conocer por la ministra de Salud, Sonia Martorano; y el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Juan Manuel Pusineri, autoriza en todo el territorio santafesino:

>> En cuanto a los locales gastronómicos (comprendidos por bares, restaurantes, heladerías y otros autorizados a funcionar como tales, con concurrencia de comensales), deberán ajustarse a las siguientes disposiciones: los días viernes y sábados, podrán funcionar entre las 6 horas y las 23 horas. El resto de los días de la semana, entre las 6 horas y las 21 horas. Fuera de los horarios establecidos, sólo podrán realizar actividad en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía.

>> Gimnasios, natatorios y establecimientos afines, por turnos y en grupos de hasta 10 participantes. Dichas actividades podrán realizarse entre las 7 y las 22 horas y en su desarrollo no podrá excederse el límite del treinta por ciento (30%) de ocupación de la superficie disponible.

>> Actividad en hipódromos y agencias hípicas, organizando turnos para desarrollar las actividades de cuidado y entrenamiento de los animales y de mantenimiento de las instalaciones; sin la asistencia de espectadores, incluso si se desarrollaren carreras.

>> Se autoriza en todo el territorio provincial la realización de actividades en cines, en teatros y en salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores.